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Planes de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad: qué son y cómo funcionan

La Ley de Segunda Oportunidad permite a personas físicas cancelar sus deudas cuando no pueden hacerles frente. Sin embargo, no siempre implica una exoneración inmediata total: en muchos casos entra en juego el plan de pagos.

Entender cómo funciona es clave para saber qué obligaciones se mantienen y durante cuánto tiempo.

¿Qué es un plan de pagos?

El plan de pagos es un calendario de cumplimiento de deudas que el deudor propone al juzgado para poder acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho.

  • Se pagan determinadas deudas durante un tiempo.
  • El resto puede quedar exonerado si se cumplen las condiciones.
¿Cuándo se aplica un plan de pagos?

Se utiliza principalmente cuando el deudor:

  • No liquida todo su patrimonio.
  • Tiene ingresos periódicos que permiten asumir pagos parciales.
  • Quiere conservar su vivienda habitual.

Es una alternativa a la liquidación completa.

¿Qué deudas se incluyen en el plan de pagos?
Deudas que suelen incluirse
  • Deudas no exonerables dentro de los límites legales.
  • Parte de las deudas que no se cancelan de forma inmediata.
Deudas que pueden quedar exoneradas
  • Deudas ordinarias como préstamos personales o tarjetas, tras cumplir el plan.
¿Qué duración tiene el plan de pagos?

Con carácter general, el plan tiene una duración de hasta 5 años.

Durante ese tiempo, el deudor debe cumplir con los pagos comprometidos según su capacidad económica.

¿Qué requisitos debe cumplir el deudor?
  • Actuar de buena fe.
  • No haber sido condenado por determinados delitos económicos.
  • Colaborar con el juzgado.
  • Presentar un plan realista y viable.
¿Qué ocurre si se incumple el plan de pagos?

El incumplimiento puede suponer:

  • Revocación de la exoneración.
  • Reclamación de las deudas pendientes.
¿Se puede conservar la vivienda con un plan de pagos?

Sí, en muchos casos.

El plan de pagos permite evitar la liquidación de la vivienda habitual si:

  • Se puede asumir la hipoteca.
  • El plan es viable.

Cada caso debe analizarse de forma individual.

Conclusión

El plan de pagos es una herramienta clave dentro de la Ley de Segunda Oportunidad, ya que permite cancelar deudas de forma progresiva sin perder necesariamente todo el patrimonio.

Requiere un planteamiento adecuado y ajustado a la realidad económica del deudor.

Puedes contactar con Clara Rey para estudiar tu caso concreto.

🌐 www.clarareyabogada.es

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Preguntas frecuentes

No. Es una opción cuando no se liquida todo el patrimonio o se quiere conservar la vivienda.

No todas. Algunas deudas tienen límites legales de exoneración, especialmente las públicas.

Sí, en determinadas circunstancias si cambian las condiciones económicas del deudor.

Si se ha cumplido correctamente, se puede obtener la exoneración definitiva de las deudas pendientes.